Ciudadano, ciudadanía
Un ciudadano es un natural de una ciudad o estado o un habitante naturalizado a quien le corresponden ciertos privilegios y derechos negados a otros, y quien, a su vez, asume las responsabilidades que las autoridades que conceden la ciudadanía vinculan a tales derechos. En la Biblia, los términos “ciudadano” y “ciudadanía” solo aparecen en las Escrituras Griegas Cristianas. Las palabras griegas po·lí·tēs (ciudadano), po·li·téi·a (derechos de ciudadano; ciudadanía; estado), po·lí·teu·ma (ciudadanía; vida como ciudadanos), syn·po·lí·tēs (conciudadano) y po·li·téu·o·mai (portarse como ciudadano) están relacionadas con pó·lis, que significa “ciudad”.
Si bien los términos “ciudadano” y “ciudadanía” no aparecen en las Escrituras Hebreas, el concepto de ciudadano y no ciudadano queda recogido en los términos “natural” y “residente forastero”. (Le 24:22.) Bajo la ley mosaica, la congregación era en realidad la nación dentro de la que podían ser admitidos los extranjeros, con ciertas restricciones, para disfrutar en común con los israelitas de nacimiento de muchos beneficios. Pudiera decirse que un residente forastero varón se naturalizaba cuando se circuncidaba, otorgándosele así la oportunidad de participar plenamente en los mayores privilegios de la adoración a Jehová, incluso el de participar en la fiesta anual de la Pascua. (Éx 12:43-49; Nú 9:14; véanse EXTRANJERO; RESIDENTE FORASTERO.)
Ciudadanía romana. La ciudadanía romana aseguraba a la persona derechos especiales y exenciones que se reconocían y honraban por todo el imperio. Por ejemplo, era ilegal torturar o azotar a un ciudadano romano con el propósito de hacerle confesar, pues estas clases de castigo se consideraban muy innobles y adecuadas solo para aplicar a los esclavos. En Jerusalén, los soldados romanos rescataron a Pablo de una chusma judía. Al principio Pablo no se identificó como ciudadano romano, pero cuando estaba a punto de ser azotado, le dijo a un oficial del ejército que había allí: “‘¿Les es lícito azotar a un hombre que es romano y no condenado?’ Pues —continúa el relato—, al oír esto el oficial del ejército, fue al comandante militar e informó de ello, diciendo: ‘¿Qué piensas hacer? ¡Este hombre es romano!’”. Cuando supieron que Pablo era romano, inmediatamente “se retiraron de él los hombres que iban a interrogarlo con tormento; y al comandante militar le dio miedo cuando averiguó que era romano y que él lo había atado”. (Hch 21:27-39; 22:25-29; véase también Hch 16:37-40.)
Otra ventaja y privilegio de que disfrutaba el ciudadano romano era el derecho de apelar contra la sentencia de un gobernador provincial al emperador de Roma. En los casos de delitos punibles con la pena capital, el ciudadano romano tenía el derecho de ser enviado a Roma para ser juzgado ante el mismo emperador. Por eso, cuando Pablo defendió su caso ante Festo, dijo: “Estoy de pie delante del Hch 25:10-12.) Una vez solicitado el derecho de apelar a Roma, no era posible retractarse. Por eso, después de repasar el caso de Pablo, el rey Agripa II dijo a Festo: “Este hombre podría haber sido puesto en libertad si no hubiera apelado a César”. (Hch 26:32.)
tribunal de César, donde debo ser juzgado. [...] Nadie puede entregarme a [los judíos] a manera de favor. ¡Apelo a César!”. (La ciudadanía romana podía obtenerse de varias maneras. A veces los emperadores extendían este favor especial a ciudades o distritos enteros, o a ciertos individuos, por los servicios prestados. También era posible comprar la ciudadanía directamente a cambio de una suma de dinero, siendo este el caso del comandante militar Claudio Lisias, quien le dijo a Pablo: “Yo compré estos derechos como ciudadano por una gran suma de dinero”, a lo que este respondió: “Pero yo hasta nací en ellos”. (Hch 22:28.)
Ciudadanía espiritual. En sus cartas Pablo también se refiere a la ciudadanía espiritual. Dice que los gentiles incircuncisos que habían llegado a ser israelitas espirituales en un tiempo habían estado sin Cristo, alejados de Israel y extraños a los pactos, sin esperanza, sin Dios, pero que entonces estaban “en unión con Cristo Jesús”. “Ciertamente, por lo tanto —siguiendo esta línea de pensamiento—, ustedes ya no son extraños y residentes forasteros, sino que son conciudadanos de los santos.” (Ef 2:12, 13, 19.) Fue especialmente significativo el que Pablo escribiera a los cristianos de Filipos, una de aquellas ciudades a las que se les había concedido ciudadanía romana y donde diez años antes había sido pisoteada su propia ciudadanía: “En cuanto a nosotros, nuestra ciudadanía existe en los cielos”. (Flp 3:20.) En la misma carta exhortó a sus compañeros creyentes a ‘portarse de una manera digna de las buenas nuevas’. El significado literal de la palabra griega traducida ‘portarse’ (po·li·téu·o·mai) es “comportarse como ciudadano”. (Flp 1:27, nota.)