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16 DE OCTUBRE DE 2017
ARMENIA

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende los derechos de los objetores de conciencia de Armenia

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende los derechos de los objetores de conciencia de Armenia

El 12 de octubre de 2017, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos afirmó que cuatro testigos de Jehová de Armenia habían sido condenados a prisión injustamente por negarse a realizar un servicio alternativo que estaba bajo supervisión y control militar. El Tribunal Europeo señaló que fue un error por parte del gobierno de Armenia condenar a estos cuatro jóvenes porque no se les había ofrecido un verdadero servicio alternativo, uno que fuera claramente civil.

En el caso Adyan y otros contra Armenia estaban implicados Artur Adyan, Vahagn Margaryan, Harutyun Khachatryan y Garegin Avetisyan, que en el verano del 2011 fueron condenados a dos años y medio de prisión. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos señaló que al someterlos a procesos penales y condenarlos se había violado su derecho a la libertad de conciencia y religión, el cual está garantizado por el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal le exigió a Armenia que pagara 12.000 euros (14.200 dólares) a cada uno de los demandantes en compensación por el dolor y el sufrimiento causados.

Los jóvenes fueron condenados poco después de que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmara en el caso Bayatyan contra Armenia (2011) que el Convenio Europeo de Derechos Humanos protege el derecho de los objetores de conciencia a negarse a realizar el servicio militar. * Esto obligó a Armenia a ofrecer a los objetores de conciencia una alternativa al servicio militar. Sin embargo, el servicio alternativo que ofrecía Armenia en aquel entonces no cumplía con las normas internacionales porque estaba bajo la supervisión y el control del ejército. Los cuatro jóvenes rechazaron este servicio alternativo y fueron encarcelados, al igual que decenas de otros jóvenes de su religión. En el caso Adyan, el Tribunal Europeo dictaminó que Armenia debía ofrecerles a los objetores de conciencia “un verdadero servicio alternativo, de naturaleza claramente civil y que no fuera de carácter disuasorio ni punitivo”.

A finales del 2013, después de que los cuatro jóvenes del caso Adyan fueran liberados de prisión, Armenia finalmente implementó un programa de servicio alternativo realmente civil que no estaba supervisado ni controlado por el ejército. Como resultado, a los testigos de Jehová de Armenia que se niegan a realizar el servicio militar ya no se les encarcela por seguir su conciencia educada por la Biblia. Los objetores agradecen mucho que se les dé la oportunidad de efectuar un servicio alternativo realmente civil.

^ párr. 3 Bayatyan contra Armenia [GS], núm. 23459/03, TEDH 2011.