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Oficina del fiscal y juzgados de Termini Imerese, Sicilia (Italia).

22 DE AGOSTO DE 2018
ITALIA

Un tribunal de Sicilia confirma los derechos de los pacientes testigos de Jehová

Un tribunal de Sicilia confirma los derechos de los pacientes testigos de Jehová

El 6 de abril de 2018, el tribunal de la ciudad de Termini Imerese, en Sicilia (Italia), declaró culpable a un cirujano por administrar a la fuerza una transfusión de sangre a una testigo de Jehová. El cirujano debe pagar una compensación de 10.000 euros (11.605 dólares) a la mujer y otra de 5.000 euros (5.803 dólares) a su esposo, que también es testigo de Jehová. Esta es la primera vez que un tribunal italiano declara responsable criminal a un médico por violar el derecho fundamental del paciente a tomar decisiones basadas en sus convicciones sobre lo que se hace con su cuerpo.

Hablamos del caso de una hermana que empezó a experimentar problemas de salud después de una operación de vesícula a la que fue sometida en diciembre de 2010. Aunque en repetidas ocasiones rechazó productos sanguíneos, la inmovilizaron y le administraron a la fuerza una transfusión de glóbulos rojos. El cirujano mintió y dijo que tenía autorización de un juez.

Más tarde, ella y su esposo presentaron una demanda en la Oficina del fiscal. El tribunal declaró que en “el caso de un testigo de Jehová en edad legal y en pleno uso de sus facultades, [...] el médico debe evitar administrar este tratamiento” si viola los deseos del paciente.

El tribunal también declaró que la Constitución de Italia prohíbe a los médicos administrar tratamientos sin el consentimiento del paciente, aunque el doctor afirme que es necesario. De acuerdo con la decisión del tribunal, “la justificación de que es necesario [...] no es válida cuando existe un rechazo libre y válido claramente expresado”.

Daniele Rodriguez, testigo perito y profesor de Medicina Legal y Bioética de la Universidad de Padua, indicó en el informe médico que presentó ante el tribunal que “el derecho a rechazar un tratamiento médico en particular está protegido por normas de rango constitucional y claramente expuesto en el artículo 32 de la Constitución italiana que afirma que ‘nadie podrá ser obligado a sufrir un tratamiento sanitario determinado, a no ser por disposición de una ley’”. Y refiriéndose a la decisión del tribunal, el jurista italiano y experto en legislación sobre salud, Luca Benci escribió lo siguiente en la revista médica Quotidiano Sanità: “No hay ninguna ley que obligue a aceptar una transfusión a los pacientes que la rechazan. El rechazo al tratamiento está por encima de cualquier otra cosa”.

Marcello Rifici, uno de los abogados de los testigos de Jehová, afirma: “Nos alegra ver que esta decisión sigue las normas europeas, como las establecidas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que afirma que todos los pacientes tienen derecho a la libre determinación. Curiosamente, en el 2017, el Parlamento italiano promulgó la ley 219/2017, conocida como ‘Testamento Vital’, que enfatiza los mismos principios que esta decisión”.

Lucio Marsella, otro abogado de los testigos de Jehová, comenta: “Esta decisión constituye un precedente que sirve de garantía a todos los médicos que se esfuerzan de manera consciente y valiente por dar el mejor tratamiento posible a sus pacientes respetando sus decisiones”.